Políticas de Garantía Prisur.cl
En PRISUR S.A. nuestra prioridad son nuestros clientes y es por esto que constantemente buscamos que se sientan contentos y satisfechos con las compras realizadas y con la experiencia de usuario al momento de realizarlas. Nos interesa que te sientas tranquilo y sepas que te encuentras respaldado por PRISUR S.A. en todo momento. 
Tienes que saber que además de las garantías legales y aquellas ofrecidas por los fabricantes de los productos comercializados en nuestro sitio. Dicho esto, y además de las condiciones que se indiquen como requisitos para el cambio o devolución de un producto, Prisur.cl siempre velará por buscar la mejor solución para todos sus clientes, pudiendo hacer excepciones en sus beneficios, las cuales serán estudiadas caso a caso por los profesionales obligados para tal efecto. 
En este apartado te comentamos cuales son las garantías que ofrece Prisur.cl al comprar en nuestro sitio.
Garantía Legal
En Proveedores Integrales PRISUR S.A. nos caracterizamos por estar alineados y dar cumplimiento con la normativa legal, por lo tanto, aquellos casos donde el cliente requiera por las razones que contempla la Ley 19.496 “Normas Sobre Protección de los Derechos de los Consumidores” realizar alguna devolución, cambio o similar, se procederá según lo establecido en el Artículo 19, y en los casos que se detallan en el Artículo 20 del cuerpo legal citado. 
Artículo 19.- El consumidor tendrá derecho a la reposición del producto o, en su defecto, a optar por la bonificación de su valor en la compra de otro o por la devolución del precio que haya pagado en exceso, cuando la cantidad o el contenido neto de un producto sea inferior al indicado en el envase o empaque.
Artículo 20.- En los casos que a continuación se señalan, el consumidor tiene el derecho irrenunciable a optar, a su arbitrio, entre la reparación gratuita del bien o, previa restitución, su reposición o la devolución de la cantidad pagada, sin perjuicio de la indemnización por los daños ocasionados. Este derecho deberá ser comunicado por el proveedor del producto o servicio en cada uno de sus locales, tiendas, páginas webs u otros:
  • Cuando los productos sujetos a normas de seguridad o calidad de cumplimiento obligatorio no cumplan las especificaciones correspondientes;
  • Cuando los materiales, partes, piezas, elementos, sustancias o ingredientes que constituyan o integren los productos no correspondan a las especificaciones que ostenten o a las menciones del rotulado;
  • Cuando cualquier producto, por deficiencias de fabricación, elaboración, materiales, partes, piezas, elementos, sustancias, ingredientes, estructura, calidad o condiciones sanitarias, en su caso, no sea enteramente apto para el uso o consumo al que está destinado o al que el proveedor hubiese señalado en su publicidad;
  • Cuando el proveedor y consumidor hubieren convenido que los productos objeto del contrato deban reunir determinadas especificaciones y esto no ocurra;
  • Cuando después de la primera vez de haberse hecho efectiva la garantía y prestado el servicio técnico correspondiente, subsistieren las deficiencias que hagan al bien inapto para el uso o consumo a que se refiere la letra c). Sin perjuicio de lo anterior, no será necesario hacer efectivas las garantías otorgadas por el proveedor para ejercer el derecho establecido en este artículo. Este derecho subsistirá para el evento de presentarse una deficiencia distinta a la que fue objeto del servicio técnico, o volviere a presentarse la misma, dentro de los plazos a que se refiere el artículo siguiente;
  • Cuando la ley de los metales en los artículos de orfebrería, joyería y otros sea inferior a la que en ellos se indique.
Para los efectos del presente artículo se considerará que es un solo bien aquel que se ha vendido como un todo, aunque esté conformado por distintas unidades, partes, piezas o módulos, no obstante que éstas puedan o no prestar una utilidad en forma independiente unas de otras. Sin perjuicio de ello, tratándose de su reposición, ésta se podrá efectuar respecto de una unidad, parte, pieza o módulo, siempre que sea por otra igual a la que se restituye. Sin perjuicio de ello, tratándose de su reposición, ésta se podrá efectuar respecto de una unidad, parte, pieza o módulo, siempre que sea por otra igual a la que se restituye.
Artículo 21.- El ejercicio de los derechos que contemplan los artículos 19 y 20 deberá hacerse efectivo ante el vendedor dentro de los seis meses siguientes a la fecha en que se haya recibido el producto, siempre que éste no se hubiere deteriorado por hecho imputable al consumidor. Si el producto se hubiere vendido con determinada garantía, prevalecerá el plazo por el cual ésta se extendió, si fuere mayor.
El consumidor que, en el ejercicio de los derechos que contempla el artículo 20, opte por la reparación, podrá dirigirse, indistinta o conjuntamente, al vendedor, al fabricante o al importador. Hecha la opción, el requerido no podrá derivar el reclamo.
Serán solidariamente responsables por los perjuicios ocasionados al consumidor, el proveedor que haya comercializado el bien o producto y el importador que lo haya vendido o suministrado.
En caso de que el consumidor solicite la reparación sólo al vendedor, éste gozará del derecho de resarcimiento señalado en el artículo 22.
Las acciones a que se refiere el inciso primero podrán hacerse valer, asimismo, indistintamente en contra del fabricante o el importador, en caso de ausencia del vendedor por haber sido sometido a un procedimiento concursal de liquidación, término de giro u otra circunstancia semejante. Tratándose de la devolución de la cantidad pagada, la acción no podrá intentarse sino respecto del vendedor.
El vendedor, fabricante o importador, en su caso, deberá responder al ejercicio de los derechos a que se refieren los artículos 19 y 20 en el mismo local donde se efectuó la venta o en las oficinas o locales en que habitualmente atiende a sus clientes, no pudiendo condicionar el ejercicio de los referidos derechos a efectuarse en otros lugares o en condiciones menos cómodas para el consumidor que las que se le ofreció para efectuar la venta, salvo que éste consienta en ello.
En el caso de productos perecibles o que por su naturaleza estén destinados a ser usados o consumidos en plazos breves, el término a que se refiere el inciso primero será el impreso en el producto o su envoltorio o, en su defecto, el término máximo de siete días.
El plazo que la póliza de garantía otorgada por el proveedor contemple y aquel a que se refiere el inciso primero de este artículo, se suspenderán durante el tiempo en que el bien esté siendo reparado en ejercicio de la garantía.
Tratándose de bienes amparados por una garantía otorgada por el proveedor, el consumidor, antes de ejercer alguno de los derechos que le confiere el artículo 20, deberá hacerla efectiva ante quien corresponda y agotar las posibilidades que ofrece, conforme a los términos de la póliza.
La póliza de garantía a que se refiere el inciso anterior producirá plena prueba si ha sido fechada y timbrada al momento de la entrega del bien. Igual efecto tendrá la referida póliza, aunque no haya sido fechada ni timbrada al momento de la entrega del bien, siempre que se exhiba con la correspondiente factura o boleta de venta.
Tratándose de la devolución de la cantidad pagada, el plazo para ejercer la acción se contará desde la fecha de la correspondiente factura o boleta y no se suspenderá en caso alguno. Si tal devolución se acordare una vez expirado el plazo a que se refiere el artículo 70 del decreto Ley N.º 825, de 1974, el consumidor sólo tendrá derecho a recuperar el precio neto del bien, excluidos los impuestos correspondientes.
Para ejercer estas acciones, el consumidor deberá acreditar el acto o contrato con la documentación respectiva, salvo en casos en que el proveedor tribute bajo el régimen de renta presunta, en los cuales el acto o contrato podrá ser acreditado mediante todos los medios de prueba que sean conducentes.
Derecho de retracto
El consumidor podrá poner término a los contratos celebrados en Prisur.cl, sin expresión de causa, en el plazo de 10 días contados a partir de la recepción del producto. Para ejercer este derecho, el consumidor podrá utilizar los mismos medios empleados para celebrar el contrato. Además, el consumidor deberá restituir el producto en buen estado, con todos los elementos originales del embalaje, como las etiquetas, certificados de garantía, manuales de uso, cajas, elementos de protección, entre otros.
Sin embargo, el consumidor no podrá terminar unilateralmente los contratos cuando el producto, por su naturaleza: i) no pueda ser devuelto o pueda deteriorarse o caducar con rapidez; ii) hubiese sido confeccionado conforme a las especificaciones del consumidor; o, iii) sea un producto de uso personal.
Asimismo, no se aceptará la devolución de bienes intangibles, consumibles o que hayan caducado.
Alimentos: Los alimentos perecibles o de corta duración, en atención al derecho a la seguridad y la garantía del producto, tienen derecho a cambio o devolución en un plazo máximo de 7 días y teniendo en cuenta que estos no pueden encontrarse vencidos, según el rotulo de producto.
La seguridad en el consumo de bienes y servicios, a la protección de la salud y el medio ambiente implica el deber de adoptar las medidas para evitar riesgos derivados del uso o consumo de los bienes o servicios.
Los productos que hayan sido mandados a confeccionar con especificaciones técnicas del cliente: tales como una silla con un logo en particular o bien con una tela en específico, no cuentan con derecho a retracto. Sin embargo, queda a beneficio del consumidor ejercer su derecho a garantía legal dentro de los plazos establecidos en la legislación vigente.
Todo producto nuevo, debe ser enviado a servicio técnico a objeto de realizar la correspondiente inspección visual del producto que se pretende devolver, independiente del derecho del cliente a ejercer su derecho a retracto y obtener la devolución, cambio o reparación del producto a su entera disposición y arbitrio.
Políticas de Cambios y/o Devoluciones Prisur.cl
1. Política de cambios
Los motivos considerados para efecto de cambios corresponden a color, aroma/olor, talla, mal estado, mercadería no corresponde a la solicitada, mal despachada, entre otros similares. Se aclara que, en las solicitudes de cambios por color, no se podrá realizar cambio de producto cuando la descripción del mismo considere colores surtidos
Cuando corresponda a los casos citados en el Artículo 20 de la ley 19.496 “Normas Sobre Protección de los Derechos de los Consumidores”, nuestro cliente cuenta con un plazo para dar aviso a su ejecutivo de hasta 6 meses a partir de la fecha de recepción de la mercadería. En otras situaciones que no estén contempladas en la Ley, solo se recibirán estas solicitudes hasta 30 días a partir de fecha de recepción de la mercadería, destacando que en ambos casos el cambio de mercadería se realizará en la misma dirección de despacho.
Toda mercadería sujeta a cambio debe encontrarse en perfecto estado, los productos deben encontrarse en sus embalajes originales y sellados, cuando corresponda, completo según las cantidades despachadas, excepcionando aquellos casos donde el motivo del cambio sea producto en mal estado no imputable a uso del consumidor. Asimismo, según la categoría del producto como cartridge o toner u otros artículos tecnológicos o consumibles deben contar con los sellos de seguridad y con embalaje en óptimas condiciones para que se pueda realizar el cambio, por lo tanto, recomendamos a nuestros clientes que al momento de emplear los productos como toner, cartridge u otros consumibles tecnológicos, recuerde previo a la apertura del mismo verificar si corresponde a lo solicitado y requerido para sus equipos, pues ante cualquier cambio toda mercadería debe encontrarse sellada y en perfecto estado, de lo contrario, no podrá realizarse el cambio de producto.
Agradecemos considerar los tiempos para el retiro y entrega de mercadería a cambiar según la dirección geográfica, es decir, si se ubican en Temuco u otras regiones.
No se realiza cambio de producto por defecto de fábrica imputable al fabricante y que cuente con servicio de garantía, los mismos se gestionan mediante servicio técnico, para determinar si requiere cambio o reparación.
En caso de compras relacionadas con dispensadores de papeles higiénicos, jaboneras, entre otros, es obligación del consumidor utilizarlos para el uso natural para el que fueron creados y el papel o líquido que se utilice para su relleno debe contar con las especificaciones técnicas del fabricante.
En caso de falla del dispensador imputable al consumidor por utilizar otro tipo de sustancia, distinta al de la señalada por el fabricante y previamente demostrado por el Servicio Técnico, no dará derecho a cambio o devolución del producto.
2. Políticas en caso de faltantes
Se considera faltante todo producto que aparezca reflejado en la nota de pedido, factura o guía de despacho y no sea entregado al cliente.
Es obligación del usuario verificar detalladamente si el producto solicitado se encuentra facturado o no, informando a la brevedad la novedad al ejecutivo de ventas o a través del canal disponible en el sitio de Prisur.cl, lo cual agilizará la respuesta a su inquietud o problema.
Es obligación del usuario revisar el pedido e indicar el N.º de bultos recibidos al momento de su entrega por parte de los transportistas de PRISUR S.A., sin embargo, en caso que la mercadería no sea revisada al momento de su entrega, nuestro cliente cuenta con un tiempo para dar aviso a su ejecutivo o a través del canal designado para tal efecto en la plataforma de Prisur.cl de hasta 10 días hábiles a partir de la fecha de recepción de la mercadería.
La comunicación del producto faltante puede realizarse al momento de la recepción del producto, durante el despacho y/o entrega por parte del transportista de PRISUR S.A. o bien dentro del plazo señalado en el parrado que precede. El cliente o persona que recibe deberá “registrar la novedad” en la factura y/o guía de despacho sobre los códigos y cantidad que se encuentran faltantes, es decir, que no están siendo entregadas, pero se encuentran facturadas, indicando la cantidad de bultos que recibe realizando la anotación en el campo destinado para ello; sin embargo, esta notificación no exime que se notifique al ejecutivo, con la finalidad de realizar seguimiento. Es importante que al notificar el faltante, el cliente deberá especificar si requiere la entrega de mercadería o la nota crédito. 
3. Devoluciones y/o retiro de mercaderia
Cuando corresponda a los casos citados en el Artículo 20 de la ley 19.496 “Normas Sobre Protección de los Derechos de los Consumidores”, nuestro cliente cuenta con un plazo para dar aviso a Prisur.cl de hasta 6 meses a partir de fecha de recepción de la mercadería. En otras situaciones que no estén contempladas en la Ley solo se recibirán estas solicitudes hasta 30 días a partir de fecha de recepción de la mercadería. 
La solicitud de retiro de mercadería deberá ser comunicada a través de los medios que franquee la plataforma y solo podrá realizarse en la misma dirección de despacho. En el caso de solicitar el retiro de la mercadería en una dirección distinta de la de entrega, el usuario deberá dar aviso a su ejecutivo o bien al correo srvcliente@prisur.cl, detallando la nueva dirección de retiro. En el caso de encontrarse en una zona fuera de la región o comuna donde fue entregado originalmente el pedido, podrán aplicarse cargos de transporte que serán debidamente comunicados al usuario.
Dicha información deberá ser enviada vía correo electrónico de contacto a su ejecutivo asignado o bien al correo srvcliente@prisur.cl adjuntando el documento (factura o guía de despacho) o en su defecto indicar N.º pedido u orden de compra, fecha de recepción de la mercadería, código y cantidad del producto a devolver, así como el motivo o situación que genero el requerimiento de la devolución total o parcial del pedido.
Agradecemos considerar los tiempos para el retiro de mercadería según la dirección geográfica donde se efectuará el mismo, es decir, si se ubican en Temuco u otras regiones.
También puede realizar la devolución directamente en nuestras instalaciones ubicadas en Av. Manuel Recabarren 02755 Temuco, presentando la factura o guía de despacho original o fotocopia, según procedimiento del sitio de Prisur.cl
La devolución también puede realizarse al momento de la recepción del producto durante el despacho y entrega por parte del transportista de Proveedores Integrales PRISUR S.A., el cliente o persona que recibe deberá realizar las anotaciones en la factura y/o guía de despacho sobre los códigos y cantidad que serán devueltas; sin embargo, esta devolución no exime que se notifique a Prisur.cl, con la finalidad de realizar seguimiento de la nota crédito cuando corresponde. 
Al recibir productos como toner, cartridge u otros consumibles tecnológicos, recuerde previo a la apertura del mismo, verificar si corresponde a lo solicitado y requerido para sus equipos, pues ante cualquier devolución toda mercadería a devolver debe encontrarse en perfecto estado, los productos deben encontrarse en sus embalajes originales, sellados y completo según las cantidades despachadas, excepcionando aquellos casos donde el motivo del retiro o devolución sea producto en mal estado no imputable a uso del consumidor.
Cuando la devolución corresponda a productos perecibles, el plazo de notificación y solicitud de retiro de mercadería no deberá exceder de 7 días, según lo establecido en la Ley 19.496.
Aquellos productos que se devuelven por falla de uso y responda a garantía del mismo, aplicará la información que se detalla a continuación en el punto de servicio técnico.
4. Servicio Técnico
Nuestros clientes cuentan con un tiempo para dar aviso mediante la plataforma de Prisur.cl de hasta 6 meses a partir de fecha de recepción de la mercadería, cuando corresponda a los casos citados en el artículo 20 de la ley 19.496 “Normas Sobre Protección de los Derechos de los Consumidores”. Aquellos productos con tiempo de garantía diferentes a la establecida, prevalece la estipulada por el fabricante.
La solicitud de requerimiento de servicio técnico y/o garantía deberá ser notificada a su vía correo electrónico de contacto, indicando la falla que presenta el producto y adjuntando el documento (factura o guía de despacho) o en su defecto indicar N.º de factura, guía o pedido, y fecha de recepción de la mercadería. El retiro de mercadería se realizará en la misma dirección de despacho. En el caso de solicitar el retiro de la mercadería en una dirección distinta de la de entrega, el usuario deberá dar aviso a su ejecutivo o bien al correo srvcliente@prisur.cl, detallando la nueva dirección de retiro. En el caso de encontrarse en una zona fuera de la región o comuna donde fue entregado originalmente el pedido, podrán aplicarse cargos de transporte que serán debidamente comunicados al usuario
No podrá recibirse el producto para servicio técnico cuando la información notificada en el correo electrónico de solicitud del servicio no corresponda a la realidad y/o el producto presente daño o deterioro por hecho imputable al consumidor.
El producto será enviado a servicio técnico quienes nos darán respuesta en un plazo de 15 días hábiles o en su defecto se estará sujeto a los tiempos establecidos por el fabricante. Realizado el servicio, el producto será entregado nuevamente a nuestro cliente.
En el caso de que el producto a pesar de haber sido enviado a servicio técnico volviere a presentar la misma falla, el cliente podrá optar por el cambio del mismo o bien por la devolución, cumpliendo con los requisitos establecidos en el Artículo 20 y 21 de La Ley del Consumidor.